Los “Panama papers”: algunas reflexiones - Italo Isaac Antinori Bolaños *



¿Por qué el Ministerio Público de Panamá no ha actuado contundentemente?
 
Todavía cuando escribo este análisis a pedido de una publicación digital Europea, (Sábado 9 de abril de 2016), me asombra que la Procuraduría General de la Nación de la República de Panamá, haya sido tan negligente y no haya ejecutado acciones rigurosas, concretas y precisas contra la firma Mossack y Fonseca, y contra sus dos socios, Ramón Fonseca Mora y Jürgen Mossack, así como contra otros posibles implicados que pudieran estar involucrados en los hechos indebidos o posiblemente delictivos.  No se ha producido un allanamiento a las oficinas centrales, ubicadas en la Urbanización Marbella, no se han cautelado los sistemas informáticos (ordenadores y la data) y no se han asegurado pruebas fundamentales que después de una semana de haberse divulgado el escándalo informativo internacional (hecho que se produjo el 3 de abril de 2016), es probable que a la fecha ya hayan sido ocultadas o destruidas, por no haber articulado las acciones oportunamente y haber tardado tanto en hacerlas.  Nos preguntamos, ¿por qué el Ministerio Público de la República de Panamá ha actuado con extrema celeridad en otros casos, pero en el Mossack y Fonseca, no lo ha hecho?  ¿Cuál es la diferencia o el privilegio que tiene el señor Ramón Fonseca Mora frente a otras personas en el trato y la consideración que le da el Ministerio Público?  La respuesta parece obvia.  Y estas son las cosas que lejos de ayudar, afectan, y en vez de contribuir a aclarar las cosas, enturbian el panorama, sobre todo en la imagen que el país debe dar a nivel internacional.  Como es conocido, solamente por conocimiento de algún hecho que tenga indicios de ser constitutivo de delito, en la República de Panamá el Ministerio Público puede iniciar una investigación de oficio.  Las amplias publicaciones que, sobre los “Panama Papers” se han efectuado en distintas partes del mundo – y que  siguen dándose sobre nuevos ángulos informativos – nos revelan hechos que van desde la posible utilización de las sociedades en lavado de dinero, tráfico de armas, narcotráfico, corrupción y otros aspectos ilícitos, nos convencen que son razones más que suficientes para haber iniciado de inmediato una investigación sumarial y haber tomado acciones precisas, rápidas, contundentes y ejemplarizantes que no se han hecho por parte de la Procuraduría General de la Nación en la República de Panamá. 
 
¿Cuál debe ser la postura ideal del gobierno de Panamá ante la comunidad internacional?
 
Si en Panamá la Procuraduría General de la Nación, hubiera iniciado una investigación oportuna, independiente y eficaz, con el consiguiente allanamiento y retención del equipo informático de la firma Mossack y Fonseca –  y dependiendo de ello, al menos la posible detención de sus socios principales –  se le hubiese demostrado al mundo la firme voluntad del Estado panameño de no permitir las acciones indebidas en su territorio, lo cual se traduciría en una contundente y sólida respuesta que la República de Panamá le daría a la comunidad internacional, en cuanto a su colaboración real y efectiva en su lucha contra los actos indebidos, dentro de su territorio.  Se estaría demostrando con hechos, más allá de las palabras, que en Panamá no se ampara la impunidad de nadie, menos aún de quien ha estado como Ministro consejero del Presidente de la República hasta el pasado 12 de marzo de 2016, y como Presidente encargado del Partido Panameñista, actualmente en el poder.  De ambos cargos, el señor Ramón Fonseca Mora, pidió “licencia por un año”, sin que se haya aclarado a la fecha, de forma oficial y precisa, cuál es el estado del señor Ramón Fonseca Mora, si ya renunció definitivamente o sigue en licencia por un año.  Sin lugar a dudas, las medidas a las que nos hemos referido en líneas anteriores debieron  haberse tomado desde el principio y pocas horas después que se hizo la divulgación internacional.  Hacer un allanamiento ahora y capturar las computadoras, podría resultar una acción tardía que no sería vista con la misma simpatía con que pudo haberse percibido una acción enérgica y categórica, hecha desde el principio.  Una acción de esta manera le hubiera facilitado al gobierno panameño y a la nación, su posición en el plano internacional porque no es cierto que en el país todos los profesionales, empresas, oficinas de abogados y demás  actores financieros, participan, crean o promueven actos indebidos ni todas las sociedades anónimas panameñas – o las que se hacen desde Panamá en otras jurisdicciones – sean utilizadas para actos indebidos o para acciones delictivas.
 
¿Son ilegales las sociedades offshore?
 
Como sabemos, las sociedades offshore tienen muchos años de existencia.  Son sociedades que se hacen bajo la jurisdicción de un Estado para regir o actuar en otras jurisdicciones o Estados buscando mejores beneficios fiscales.  No se pueden prohibir porque no son ilegales, puesto que pueden tener a su nombre bienes que no provengan de actividades criminales ni el objetivo o propósito de su creación sea para participar en actividades delictivas.  Por consiguiente, el hecho de que una persona las utilice no significa que está cometiendo un acto delictivo.  El asunto no es que sea ilegal crear estas sociedades, ni utilizarlas; lo ilegal e indebido es el destino o la finalidad que se les da.  Por esa razón, es responsabilidad de cada abogado panameño, no sólo conocer a su cliente, y para ello debe hacerse la “due diligence” o debida diligencia, sino que también debe conocer exactamente cómo y para qué se va a utilizar la sociedad anónima.  De acuerdo a las leyes panameñas, cuando un abogado se percata de que un cliente quiere utilizar la sociedad para fines indebidos, no sólo debe rechazarlo y abstenerse se prestarle sus servicios, sino que debe dar aviso a las autoridades de regulación financiera de lo que pretende hacer el cliente.
 
¿Hubo controles adecuados en Mossack y Fonseca?
 
Por las declaraciones que ha hecho el señor Ramón Fonseca Mora, y por las informaciones que se han divulgado, no necesitamos hacer mayor esfuerzo mental para comprender que Mossack y Fonseca actuó de forma irresponsable, sin tener los debidos controles de quiénes eran los tenedores finales o los propietarios finales de la sociedad, ni cuáles eran sus actividades, según lo ha reconocido el propio señor Fonseca Mora en declaraciones a medios de comunicación.  Sin embargo, precisamente, no tener los controles de quiénes son los dueños finales de una sociedad que ellos mismos hacen y en donde su firma aparecen como agente residente, ni tampoco cuál es la actividad que la sociedad desarrolla, revela un alto grado de negligencia e irresponsabilidad manifiesta y encima confesada. Por otra parte, desgraciadamente con su actuar, Mossack y Fonseca han arrastrado a la República de Panamá a un vendaval moral producto de las informaciones mundiales, que afecta en todo sentido a los intereses de la República de Panamá.  Alega Mossack y Fonseca – por intermedio de su portavoz Ramón Fonseca Mora – que ellos  hicieron las sociedades tanto en jurisdicción panameña como en otras jurisdicciones y las vendieron a terceros, con quienes dicen no tener contacto alguno.  Ello no parece ser cierto, pues en el caso, al menos de las sociedades panameñas, cada vez que esos propietarios querían cambios de directores o dignatarios, por lógica, Mossack y Fonseca les daba el servicio profesional por el cual cobraban sus honorarios, hecho que confirma la existencia de un grado de contacto.  Y, además, les daba el conocimiento de quiénes eran los nuevos dignatarios y directores que se reemplazaban.  Igualmente, ocurría si los dueños de dichas sociedades solicitaban constituir un poder general de administración para alguna persona, o cuando Mossack y Fonseca le proveía los dignatarios o directores (testaferros) de las sociedades, hecho que les daba el conocimiento de quién o quiénes eran las personas y por lo que también cobraban honorarios profesionales.  Lo más curioso es que estamos seguros que Mossack y Fonseca tenía una buena base de datos de a quiénes debía cobrar anualmente los honorarios profesionales por agente residente y lo atinente a facilitarles los directores y dignatarios.  Ello significa que todos los años, esas sociedades, al pagar la tasa única anual al Estado, debían enviar también el pago de los honorarios profesionales a favor de Mossack y Fonseca en concepto de agente residente y por el pago de los directores y dignatarios (testaferros) que dicha firma les proporcionaba, en un alto porcentaje de las sociedades.  Conforme a la tarifa mínima de honorarios profesionales de los abogados de la República de Panamá aprobada por Acuerdo de la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia (ver Gaceta Oficial 24,305 de 21 de mayo de 2001), en concepto de honorarios profesionales anuales por Agente Residente se cobra (tarifa mínima) UDS 250.00 y por ser Director o Dignatario (sin ser abogado) se cobra USD 150.00, lo cual significa la suma total de USD 400.00 anuales. Si tomamos en cuenta que son casi doscientos cincuenta mil (250,000) sociedades las que conforman la base de datos de los clientes Mossack y Fonseca, un simple ejercicio matemático nos demostrará que anualmente significa el ingreso de millones de dólares americanos, sin tomar en cuenta el costo que se paga cuando se compra la sociedad, ni los honorarios por cambios de directivas, poder general de administración y otros.  En cuanto a los contactos que la firma mantenía con los propietarios, somos del criterio que sí había contactos y sí había modo de saber quiénes eran los dueños de las sociedades y algunos otros detalles.  Entonces, no parece ser cierto que Mossack y Fonseca constituye la sociedad y se desvincula de ésta cuando la venden, pues siguen recibiendo los honorarios anuales como Agentes Residentes, le dan algunos servicios cuando la sociedad que han vendido, así lo requiere y así se los pide.  Ello denota una clara y permanente vinculación.
Si aún le quedara alguna duda de las serias implicaciones del bufete Mossack y Fonseca con los denominados “Panama Papers”, recomendamos ver, analizar y reflexionar, el importante documental (a nuestro juicio uno de los más explicativos y didácticos) que emitió la prestigiosa televisión alemana, “DW” (Deutsche Welle), con una duración de 42:34 minutos, y que puede ser visto en la siguiente dirección o vínculo: 
http://www.dw.com/es/documentales-los-papeles-de-panam%C3%A1-2016-04-10/e-19174252-9797?maca=es-Twitter-sharing
 
¿Vender sociedades anónimas es como fabricar un automóvil?
 
El señor Ramón Fonseca Mora reiterativamente ha comparado la venta de las sociedades anónimas que Mossack y Fonseca hacía, con una fábrica de automóviles que vende éstos y que luego no es responsable de un accidente automovilístico que pueda cometer el dueño que ha comprado el automóvil.  La comparación no es igual, porque la venta de una sociedad anónima, a nuestro juicio, puede ser más letal que un automóvil.  Si bien un automóvil puede crear un accidente y ocasionar la muerte, una sociedad anónima utilizada para el uso de armas de destrucción masiva, es un atentado de lesa humanidad que puede afectar al mundo entero.  Igual, si es utilizada para el tráfico de armas – como se ha dicho que algunas sociedades creadas por Mossack y Fonseca han sido utilizadas por grupos extremistas en Arabia, Siria, Libia, Corea del Norte y otros sitios – su propósito es mucho más deleznable y preocupante.  Por tanto, vender una sociedad anónima es un acto de responsabilidad, de ética y de seriedad que amerita del abogado una actitud profesional y correcta, de defensa del sistema financiero, de las libertades democráticas, y estrictamente apegado a la Ley.  Si nos atenemos al ejemplo del auto, explicado reiterativamente por el señor Fonseca Mora, podemos decir que una fábrica, ciertamente hace el automóvil, pero por medio de sus concesionarios sí sabe con precisión, y total certeza a qué persona se lo venden.  Vale decir, cada concesionario sabe quién ha comprado un vehículo determinado que, para efectos, es identificado con el número de motor y el número de chasis, que aparece en los documentos y/o facturas de cada vehículo.  De modo que, con este ejemplo, se explica claramente que sí puede saberse quién es el destinatario final de las sociedades anónimas, igual que se sabe quién es el poseedor y dueño final de un automóvil.  De igual manera, si una persona va donde el concesionario a comprar un auto para cometer un crimen o cometer un delito, es seguro que el concesionario no se lo venderá, porque si se lo vende a sabiendas de que va a ser usado ilegalmente, entonces se hace cómplice de los actos ilícitos que se cometen.  Y si además, de todo lo que sabe de quién es el propietario y para qué usa el auto, le cambia el aceite, le da el servicio de mantenimiento (lo cual equivale a los cambios de junta directiva y pago de agente residente), y además encuentra en el auto, sangre, otros indicios y sospechosas evidencias de que se ha cometido un delito y no lo denuncia a las autoridades, es todavía mayor cómplice de los actos ilícitos.
¿Es responsable un abogado por lo que haga una sociedad anónima?
 
Obviamente que, en principio, ningún abogado debería ser responsable por lo que hace una sociedad, pero a medida que el mundo ha avanzado y que las situaciones financieras, políticas, económicas y sociales, han ido cambiando – en conjunto con los avances tecnológicos e informáticos – la comunidad internacional ha demandado el establecimiento de controles para que las sociedades anónimas no sean utilizadas para cometer crímenes ni actos delictivos que afecten los grandes valores de la humanidad ni el honesto desarrollo de las actividades económicas.  Por ello, se han ido estableciendo disposiciones legales que exigen conocer al cliente, hacer la debida diligencia (due diligence), estar seguros de quiénes son los dueños de la sociedad que se constituye y saber exactamente para qué la van a utilizar.  Bajo estos principios, un abogado que hace una sociedad y alegremente la vende, sin hacer diligencias de controles y sin saber en manos de quién quedan, está cometiendo una omisión legalmente sancionable, en el ejercicio de sus funciones.  Esa es la diferencia de lo que existía antes y lo que se exige ahora.  Y aunque la sociedad haya sido hecha hace varios años – antes que entraran estas regulaciones – los abogados están obligados a cumplir cabalmente con todos estos requisitos para evitar que las sociedades puedan ser vehículos de la trampa, de la delincuencia o del crimen organizado.  Bajo este concepto, el bufete Mossack y Fonseca sí es responsable porque debían tener los controles suficientes de quiénes eran los dueños de la sociedad y a qué se dedicaban.  No olvidemos, que hace algunos años, específicamente en el 2006, en la República de Panamá, se detuvo a un abogado solo  por ser agente residente de una empresa que había vendido a la Caja de Seguro Social el  producto “Dietilenglicol” que ha causado tantas muertes y desgracias a personas que lo ingirieron, creyendo que se trataba de una medicina normal.  Si ese precedente existe, ¿Por qué no han procedido ahora cuando se ha dañado el interés nacional?
 
¿Se habrá cometido un “hackeo” o fue una fuga de información?
 
Nadie nos ha logrado convencer de que lo ocurrido en el bufete de abogados Mossack y Fonseca fue obra de un “hacker”.  Desde que supimos la cantidad impresionante de documentos que tenía el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación – de los que entiendo que todavía falta por conocer importante información que se divulgará en los próximos días – sin ser un experto en informática, pero por simple sentido común, colegimos que tal acción no parece ser obra de hackers, sino de una fuga masiva y sistemática de información, lo más probable que sea de adentro hacia afuera. Conocido es que existen otras firmas de abogados más viejas en la práctica de estos menesteres en Panamá, sobre las que habría más interés de “hackear” su información.  Por otra parte, no sé si es posible y fácil, lograr obtener tanta información mediante un sistema de “hackeo”.  Para que tengamos una idea del volumen tan grande de información que manejan los periodistas internacionales, que ésta tiene un tamaño de 2.6 Terabytes;mientras que los famosos “Wikileaks” de la señora Hillary Clinton, sólo tienen 1.6 Gigabytes, y el 
escándalo suizo de las cuentas en el Banco HSBC, al que se le llamó “Swiss Leaks” – difundido también por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación en febrero de 2015 – solo contenía 60,000 documentos 
 
Es decir, que los “Panama Papers” contienen un volumen astronómico de documentos, donde no solamente existe lo atinente a las sociedades, sino otros detalles escabrosos que, por informaciones que tenemos, van a ser divulgados en los próximos días.  De manera que, más podrán saber los expertos de informática del tema que el suscrito, sin embargo, nos llama la atención la cantidad impresionante de información que se ha recabado que pasa a ser la mayor fuga de información de este tipo en la historia de la humanidad.  Creo que hacerlo mediante “hackeo” es más improbable que haberse producido una fuga interna.
 
¿Tienen los periodistas del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, alguna responsabilidad legal por lo  ocurrido?

Los periodistas del denominado Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés y con sede en Washington D. C.) han realizado una excepcional investigación. Durante un año hicieron un estudio y análisis de los abundantes datos, que los condujo a la publicación  de forma coetánea y coordinada de un primer grupo de información, el pasado 3 de abril de 2016, que revelaron una trama de corrupción que incluyó a  empresarios, figuras políticas, funcionarios de Estado de diversos países y hasta reconocidos delincuentes, con relación a sociedades offshore que había creado el bufete panameño “Mossack y Fonseca”. Su trabajo en esta dirección no es nuevo.  En febrero de 2015, el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación dejó al descubierto presuntas irregularidades en cuentas bancarias secretas que mantenían en el Banco HSBC de Suiza, traficantes de armas, traficantes de droga, celebridades del deporte y de la farándula mundial, así como conocidos políticos que fueron denunciados como posibles evasores fiscales. Tal como hemos anotado, al escándalo suizo se le llamó “Swiss Leaks” y éste solo contenía 60,000 documentos frente a los millones de documentos que contiene el “Panama Papers”
 
El Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, constituye un grupo organizado de más de doscientos (200) periodistas proveniente de diversos medios de comunicación del mundo, que lucha contra la corrupción, que están agrupados y coordinados en sus acciones, sin ningún interés de lucro.  Su trabajo, en mucho casos, al igual que en los “Panama Papers”, ha sido loable y desinteresado.  Su motivación es transmitir a la sociedad universal las verdades y los hechos que, de otra forma, serían desconocidos.  Es el legítimo derecho a la información que tenemos todos los habitantes del planeta en el ejercicio de las libertades democráticas.  En este sentido, reafirmamos que el ejercicio del periodismo libre, sin censuras, y el derecho a la libertad de expresión e información, son piedras angulares de las que dispone toda sociedad democrática para ejercer control de los actos de quienes nos gobiernan o de los grupos económicos importantes dentro de la comunidad de cada Estado.  Aparte de ello, debemos destacar que el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación está constituido por muy prestigiosos y reputados periodistas de distintas partes del mundo.  No son periodistas neófitos, inexpertos ni aprendices. Todo lo contrario,  en el grupo hay periodistas muy experimentados, serios, honestos y reputados periodistas.  A manera de ejemplo, uno de ellos es el periodista Gerardo Reyes, eminente periodista colombiano, residente hace años en Estados Unidos, jefe del Departamento de Investigación de la reconocida cadena de televisión hispana UNIVISIÓN, quien no sólo participa dentro del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, sino que viajó hasta Panamá y fue el autor de, al menos, tres reportajes muy comprometedores contra Mossack y Fonseca, que fueron transmitidos en la cadena Univisión en Estados Unidos y que pueden ser vistos en los siguientes vínculos: 
https://www.youtube.com/embed/YX1ln3wjRTk
https://www.youtube.com/watch?v=BSBzOoYtLAQ (en este vídeo se vincula  sociedades creadas por Mossack y Fonseca con el narcotráfico)
https://www.youtube.com/watch?v=tFbW5gqYV8c
 
Como hemos podido observar en el segundo de dichos reportajes vinculan, al menos, a una sociedad de Mossack y Fonseca, con el narcotráfico, pues se asegura que la sociedad sirvió a una reconocida narcotraficante de Guatemala, del grupo del Chapo Guzmán, que ha estado detenida en Estados Unidos por narcotráfico, de nombre Marllory Dadiana Chacón Rossell.  El periodista Gerardo Reyes, autor de dichos reportajes, es un profesional muy reconocido quien ganó en 1999 el premio Pulitzer y ha sido galardonado, además, con los premios de periodismo Ortega y Gasset, Maria Moors Cabots, Emmy y Planeta.  Imposible soslayar dichos reportajes, así como las publicaciones que se han hecho en los más prestigiosos diarios del mundo y las emisiones de documentales y reportajes de televisoras de todo el planeta. 
 
Somos unos convencidos que al periodista debe entendérsele como un mensajero de la democracia que tiene una misión, en este caso, de luchar contra la corrupción y que procura el adecentamiento del ejercicio financiero y legal de las sociedades anónimas en el mundo.  Por consiguiente, no es correcto echarle culpa alguna de lo ocurrido porque ello sería como matar al mensajero para pretender salvar o amparar un mensaje evidentemente distorsionado, indebido e ilegal.  Lo importante es lo que están transmitiendo y cómo la República de Panamá debe adecuar sus mecanismos y aplicar correctamente controles, y de manera específica, lo ocurrido debe ser un ejemplo para que los abogados de Panamá y de otros países cumplan correctamente con las normas y las disposiciones legales de modo que las sociedades anónimas no sean un vehículo para la trampa, el crimen, la delincuencia organizada, o para la proliferación de las armas de destrucción masiva.
 
¿El ataque contra Mossack y Fonseca es un ataque contra Panamá?
 
Comprendo y respeto perfectamente a los que piensan y sienten que lo ocurrido es un ataque contra Panamá.  Con toda consideración disiento de este criterio.  Consideramos que, lamentablemente entiendo  – y esto no resulta agradable – que los autores de la noticia le dieron el nombre a la filtración de documentos de “Panamá Papers” por dos razones. La primera es porque se utilizó similar nombre al que se le dieron a las primeras filtraciones de información que difundió en febrero de 2015, el  Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación del caso del Banco HSBC de Suiza, ocurrida en febrero de 2015, a los que se le denominó con el nombre de aquel país: “
Swiss Leaks”  En segundo lugar porque es probable que les resultara más sugestivo y atrayente utilizar el nombre de Panamá, que, por ejemplo, “Mossack Fonseca Papers”.  Desgraciadamente la firma Mossack y Fonseca tiene su sede principal en Panamá, en el centro del corazón bancario y financiero de la ciudad.  Si bien es cierto que ha hecho sociedades de otras jurisdicciones (Delaware, Islas Vírgenes Británicas y otras jurisdicciones), para clientes de distintas partes del mundo y de diferentes y variadas actividades, el hecho de que la oficina de abogados principal esté en Panamá y que sus principales socios, Ramón Fonseca Mora y Jürgen Mossack, sean abogados panameños, que estudiaron sus carreras de abogados en universidades de Panamá, que obtuvieron su idoneidad para ejercer la abogacía en la República de Panamá, otorgada por la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá, y ejercen la profesión desde Panamá, arrastra el nombre de la República de Panamá al escándalo internacional.  Es obvio que a todos nos duele, pero el problema no es de la República de Panamá con el mundo.  El problema es de Mossack y Fonseca con el mundo.  En la medida en que los abogados e intermediarios financieros de la República de Panamá actúen correctamente y demuestren al mundo que la República de Panamá no es un refugio de corruptos ni de profesionales que amparan la delincuencia, se podrá rescatar el nombre de Panamá.  Lamentablemente, las consecuencias de la actuación irresponsable del bufete Mossack y Fonseca nos ha llevado a retroceder en las gestiones que se habían hecho para salir de la lista gris donde nos había incluido el denominado Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como paraíso fiscal y país no cooperador, hecho que se había logrado, apenas pocas semanas antes, el 18 de febrero de 2016.   Pero después del escándalo de los “Panama papers”, la República de Panamá ha empezado a sentir los coletazos y los efectos adversos del escándalo internacional.  En este sentido, la República de Francia – una de las cinco potencias mundiales – de forma individual (lo cual no es buen presagio) decidió el pasado 8 de abril y como consecuencia de los “Panama Papers”, mediante un decreto que firmó el Ministro de Finanzas, Michel Sapin, y el secretario de Estado de Presupuesto, Christian Eckert, agregar a Panamá en la lista del año 2016 como Estados y territorios no cooperativos (Paraíso fiscal)
 
Hemos de reconocer el esfuerzo constructivo y bien intencionado del gobierno del Presidente Juan Carlos Varela y de su equipo gubernamental, que logró el pasado 
el 18 de febrero de 2016, que la República de Panamá fuera excluida de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como paraíso fiscal.  Doloroso es que todo el panorama y las consecuencias de la irresponsable actitud de Mossack y Fonseca nos indican que pudiera haber un retroceso en lo que tanto esfuerzo costó obtener.
 
No es esgrimiendo un nacionalismo extremo como podemos resolver esta difícil situación.  Ni tampoco consideramos correcto que algunos utilicen el chauvinismo/nacionalista como método alternativo para defender a Panamá.  Lo curioso es que muchos de los que defienden a la República de Panamá desde esa óptica nacionalista, en su mayoría son personas que han actuado con responsabilidad en sus asuntos financieros y que, deberían comprender que así como ellos han actuado con prudencia, con los controles necesarios en sus actividades financieras, así debieron haberlo hecho los señores Ramón Fonseca Mora y Jürgen Mossack y su firma de abogados, cada vez que en el plano internacional vendían una sociedad.  Panamá es un pequeño país en lo geográfico y en lo poblacional, pero inmenso y grande en el trabajo honrado, en el tesón y en el espíritu indoblegable de los panameños por desarrollar el Estado.  Pero no nos dejemos empalagar por el nacionalismo a la hora de discernir y de comprender los desaciertos y los yerros que algunos han cometido porque, tal como acertadamente  lo expresó el abogado Jaime Alemán, en un artículo de opinión (La Prensa, martes 5 de abril de 2016), Panamá se encuentra en la disyuntiva, de decidir entre “los negocios de algunos o los intereses del país”  Y, sin duda alguna, debe prevalecer el interés de Panamá, no el de los ambiciosos.
 
Sábado 9 de abril de 2016.

* El autor es analista y conferencista internacional. Es Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional) por la Universidad Complutense de Madrid, Reino de España y Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)

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